El delegado del Gobierno participa en la constitución del Consorcio Caravaca Jubilar 2010

González Tovar forma parte del Consorcio Caravaca Jubilar 2010 en calidad de miembro de la Comisión Ejecutiva

El ministerio de Economía y Hacienda dirigirá el programa de beneficios fiscales

 El delegado del Gobierno en Murcia, Rafael González Tovar, ha asistido a la constitución del Consorcio Caravaca Jubilar 2010, en calidad de miembro de la Comisión Ejecutiva. Con este programa el Gobierno de España ha apostado decididamente para potenciar el turismo en esta localidad, a través de la Ley de Presupuestos de este año por la que se aprueban los Beneficios Fiscales para el acontecimiento Caravaca Jubilar 2010, así como la consideración de acontecimiento de excepcional interés público.

La constitución del Consorcio en la jornada de hoy representa el primer paso para comenzar a disfrutar de las ventajas económicas, del programa de beneficios fiscales y la certificación adecuada de los gastos e inversiones realizadas a los objetivos y planes del mismo.

González Tovar ha recordado que la consideración de Caravaca Jubilar 2010 como acontecimiento de excepcional interés público, supuso una iniciativa que pone de manifiesto el interés del Gobierno de España en apoyar, también, con medidas fiscales, este acontecimiento de tanta importancia para Caravaca”.

También ha dicho que los incentivos fiscales aplicables a Caravaca Jubilar 2010 vienen establecidos en la Ley 49/2002, y consistirán en deducciones de impuestos por determinadas inversiones y gastos en cumplimiento de los planes y programas establecidos por el Consorcio en cuanto a la adquisición de elementos del inmovilizado material nuevos, rehabilitación de edificios que contribuyan a realizar el espacio físico afectado y la realización de gastos de propaganda y publicidad que sirvan para la difusión de este acontecimiento.

Por último, González Tovar ha añadido que la aplicación de los beneficios fiscales a Caravaca Jubilar 2010 “es el resultado de un intenso trabajo llevado a cabo por los diputados murcianos del Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso de los Diputados, quienes mantuvieron las reuniones pertinentes con el Secretario de Estado de Hacienda y posteriormente, lograron el consenso necesario para su aprobación definitiva en el Parlamento” y ha lamentado que algunos diputados del PP por Murcia que inicialmente habían manifestado su apoyo, finalmente votaran en contra de los PGE y por tanto, de esta enmienda.

Beneficios Fiscales

Los incentivos fiscales aplicables vienen establecidos en la Ley 49/2002, y consisten en la deducción del 15 por ciento de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades o del IRPF de los gastos e inversiones en cumplimiento de los planes y programas de actividades establecidos por el Consorcio relativos a:

La adquisición de elementos del inmovilizado material nuevos

La rehabilitación de edificios que contribuyan a realzar el espacio urbano de la zona afectada por el Programa Caravaca Jubilar 2010.

La realización de gastos de propaganda y publicidad que sirvan para la difusión de este acontecimiento. Cuando el contenido se refiere de modo esencial a la divulgación de Caravaca Jubilar 2010, la base de la deducción será el 100 por cien de la inversión realizada. Cuando la promoción del acontecimiento se incluye en otro tipo de publicidad la base de la deducción será del 25 por ciento de la inversión realizada.

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